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COMPRA ONLINE Y EL DERECHO DE DESISITIMIENTO.

El consumidor que contrata electrónicamente productos o servicios, dispone de un plazo de 14 días naturales, para cesar en su contratación es decir, para resolver el contrato sin ningún tipo de justificación, ni penalización o gasto, salvo los gastos de devolución del bien, siempre y cuando hayan sido informadas previamente en la fase pre contractual.

Son nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan a la persona consumidora una penalización o renuncia al ejercicio del derecho de desistimiento.

El ejercicio del derecho de desistimiento no está sujeto a ninguna formalidad concreta, si bien tendrá que ser el consumidor quien demuestre que ha hecho uso de su derecho legalmente reconocido.

¿Cuándo empieza el plazo de 14 días naturales?

En general, un plazo expresado en días se tiene que contar a partir del momento en el cual se produce un acontecimiento o se realiza un acto, el día en el cual se produce este acontecimiento no se tiene que computar. Empieza, por lo tanto, a computarse a partir del día siguiente del día en el cual se produce el acontecimiento o acto.

En el caso de contratos de servicios, el día de la celebración del contrato (empezará a contar el plazo a partir del día siguiente a la celebración).En el caso de contratos de venta de productos, el día en que la persona consumidora adquiere la posesión material de los bienes (empezará a contar el día siguiente del día en se adquiere la posesión material).

El empresario tiene que ofrecer información sobre la existencia del derecho de desistimiento, las condiciones, el plazo, el procedimiento para ejercerlo y el modelo de formulario.

¿Qué sucede si no se ofrece esta información? El plazo será de 12 meses después de la fecha de expiración del periodo de desistimiento inicial, es decir de los 14 días. Si durante todo este plazo de 12 meses se informa correctamente, el plazo será de 14 días naturales desde la fecha de recepción de la información (que empezará a contar el día siguiente de la recepción de la información).

Devolución de las cantidades satisfechas.

En caso de ejercicio del derecho de desistimiento, el empresario tiene que devolver el dinero en un plazo máximo de 14 días naturales desde que es conocedor. El ejercicio del derecho de desistimiento afecta en los contratos complementarios (excepto por ejemplo los gastos de transporte).Transcurrido el plazo de 14 días naturales sin que el consumidor haya recuperado el dinero, tiene derecho a reclamarle la cantidad duplicada, sin perjuicio del derecho a la indemnización de los daños y perjuicios que le haya causado. 

Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo. Excepciones al derecho de desistimiento. 

1. En el caso de prestación de servicios, una vez que el servicio se haya ejecutado completamente, cuando la ejecución haya empezado, con el consentimiento expreso de la persona consumidora y con su reconocimiento de forma que es consciente que una vez ejecutada completamente el contrato por parte del empresario, pierde la posibilidad de desistir. 

2. Se a decir, puede ser que se esté prestando un determinado servicio y la persona consumidora desee desistir. En este caso, puede hacerlo pero tendrá que satisfacer la parte correspondiente al servicio prestado. 

3. No lo podrá hacer cuando el servicio ya se haya prestado y ejecutado de forma completa.

4. Suministro de bienes confeccionados de acuerdo con las especificaciones hechas por la persona consumidora o claramente personalizados. 

5. Suministro de bienes que se puedan echar a perder o caducar con rapidez. 

6. Suministro de bienes precintados que no sean aptos para el retorno por razones de protección de la salud o de higiene o que hubieran estado desprecintados después de la entrega. 

7. Suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado con otros bienes de forma indisociable. 

8. Suministro de bebidas alcohólicas el precio de las cuales haya sido acordado en el momento de celebrar el contrato de venta y no puedan ser libradas antes de 30 días y el valor de las cuales dependa de fluctuaciones del mercado que el empresario no pueda controlar. 

9. Suministro de grabaciones sonoras o de video precintados o de programas informáticos precintados que hayan estado desprecintados por la persona consumidora después de la entrega. 

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