¿Que es el viaje combinado?

Hablamos de viaje combinado cuando estamos en presencia de, al menos, dos servicios turísticos para un mismo viaje, por ejemplo, transporte, alojamiento y alquiler de coche o excursiones. Pueden ser organizados y contratados por un solo empresario o por varios; en el caso de que se celebren con varios contratos para poder hablar de viaje combinado es necesario que concurran algunas de las siguientes condiciones:

• Se anuncien como viaje combinado o denominación similar, como, por ejemplo, paquete turístico o todo incluido.

• El viaje es contratado en un único punto de venta y los servicios son seleccionados conjuntamente antes de que el consumidor efectúe el pago.

• El empresario permite al viajero elegir entre varios tipos de servicios de viaje.

• Son contratados a través de reservas en línea conectados, de manera que los datos del viajero son transmitidos por el primer empresario con el que se realiza el contrato a los demás en un plazo inferior a 24 horas después de la confirmación de reserva del primer servicio.

Derechos de los viajeros:

1. Información previa. 

El organizador debe facilitar al viajero información detallada con la oferta del viaje combinado, que debe incluir la información siguiente:

• Destino o destinos del viaje y medios de transporte con mención de sus características y clase.

• Duración, itinerario y calendario del viaje.

• Relación de los alojamientos con la indicación de su ubicación, categoría y características, así como una clasificación turística en los países donde exista clasificación oficial.

• Número de comidas que se van a servir y si las bebidas están incluidas o no en el menú.

• El idioma en que se prestarán los servicios, en el caso de que el disfrute de los mismos dependa de la capacidad del viajero para entenderse.

• Si el viaje es apto para personas con movilidad reducida, información sobre la idoneidad del viaje en función de sus necesidades.

• Documentación necesaria para viajar: pasaporte, visado y las formalidades sanitarias necesarias.

• Precio final del viaje combinado, precio estimado de las excursiones optativas, modalidades de pago, importe o porcentaje del precio que deba pagarse en concepto de anticipo, calendario para el pago de la parte del precio que quede pendiente y condiciones de financiación, en el caso de que se oferten.

Número mínimo de inscripciones necesarias para la realización del viaje, y si no hay fecha límite para informar al viajero de la anulación por falta de inscripciones.• Indicación de que el viajero puede cancelar el contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje, a cambio del pago de una penalización adecuada y justificable.• Nombre y domicilio del organizador del viaje, así como, el número de teléfono y correo electrónico.

• Toda información adicional ya adecuada sobre las características del viaje. En el caso de que el viaje combinado se realice a través de varios empresarios, el organizador al que se le transmitan los datos garantizará que cada uno de los demás facilite la información completa anteriormente indicada, antes de la firma del contrato.

2. Contrato escrito

El contrato debe formalizarse por escrito en lenguaje claro y comprensible. El viajero tiene derecho a recibir una copia del contrato en soporte duradero, incluso cuando este se realiza fuera del establecimiento. En él deben figurar al menos los datos siguientes:

• La información precontractual.

• El nombre de la entidad garante en caso de insolvencia.

• Cualquier solicitud del viajero que haya sido aceptada por el organizador.

• La obligación del viajero de comunicar, por escrito o de cualquier otra forma que deje constancia, los incumplimientos del contrato.

• El procedimiento para formular una reclamación e información sobre los sistemas de resolución alternativa de litigios.

• Para los viajes y estancias de menores en el extranjero, la información que permita establecer un contrato directo con ellos o con los responsables de su estancia durante el viaje.

• Además, en el momento de formalizar el contrato, el organizador tiene que facilitar al viajero toda la documentación relativa a los servicios contratados y una factura en la que figure el precio total abonado.

3. El precio y la revisión

Después de la firma del contrato, los precios únicamente pueden incrementarse si viene indicado expresamente esa posibilidad en el mismo y se da alguna de estas siguientes circunstancias: variaciones al alza o la baja en el precio de los transportes, las tasas e impuestos relativos a determinados servicios o variación de los tipos de cambio de divisa aplicados al viaje organizado. Esta revisión deberá realizarse al máximo 20 días antes de la salida.

4. Modificación del contrato.

Si antes de la salida del viaje, el organizador se ve obligado a modificar algún elemento esencial del contrato o la modificación del precio del viaje excede del 8% del total, debe ponerlo en conocimiento del viajero. Así éste, podrá optar en poner fin al contrato sin penalización alguna o aceptar la modificación. En este caso, se tendrán que precisar por escrito las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El cliente deberá comunicar su decisión en un plazo razonable desde que tuvo conocimiento de la modificación. En el supuesto que no notifique su decisión se entenderá que pone fin al contrato.

En todo caso, el viajero tiene derecho a que se le devuelvan las cantidades pagadas en un plazo máximo de 14 días naturales.

5. Cancelación del viaje.

En cualquier momento anterior al inicio del viaje, el viajero tiene derecho a cancelar el mismo. Tiene derecho a la devolución de los pagos realizados, pero debe abonar al organizador una penalización que sea adecuada y justificable.

El contrato puede especificar esta penalización. Si no lo hace, equivaldrá al precio del viaje combinado, menos el ahorro de costes y los ingresos derivados de la utilización alternativa de los servicios de viaje.

En caso de circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje combinado o al transporte de pasajeros al lugar de destino, el viajero tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio del mismo sin pagar ninguna penalización. El organizador y, en su caso, el minorista, podrán cancelar el contrato y reembolsar al viajero la totalidad del importe pagado, sin necesidad de compensación cuando:

• El número de personas inscritas para el viaje combinado es inferior al exigido y así se comunique por escrito al viajero antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato, es decir:

– Veinte días naturales antes del inicio del viaje combinado en el caso de los viajes de más de seis días de duración.

– Siete días naturales antes del inicio del viaje combinado en el caso de los viajes de entre dos y seis días de duración.

– Cuarenta y ocho horas antes del inicio del viaje combinado en el caso de viajes de menos de dos días de duración.

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